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Ya publicada en La Gaceta La Ley De Justicia Energética ¿Qué debe ejecutarse de inmediato?

Ley de Justicia Energética ya está vigente, se espera que de inmediato las autoridades pongan manos a la obra y ejecuten lo establecido para hacer realidad ese cambio en el subsector eléctrico que pregonaron previo a la aprobación de la normativa que se vendió como urgente para un cambio.

La publicación de la Ley de Justicia Energética en el Diario Oficial La Gaceta, bajo el No. 37,258 del 29 de septiembre de 2026, activa desde ese momento una serie de disposiciones que obligan a instituciones públicas, a la ENEE y a los usuarios a iniciar su aplicación, mientras otros componentes tienen plazos específicos de 45 y 120 días.

El primer efecto inmediato es el congelamiento de la tarifa eléctrica durante seis meses. El artículo 1 establece que la tarifa aplicada por la ENEE en el último recibo del usuario no podrá incrementarse durante ese período, con la posibilidad de que el Congreso Nacional prorrogue la medida por otros seis meses.

Pero uno de los puntos de mayor impacto para los hogares es la condonación de la deuda acumulada de los usuarios residenciales de bajo consumo. El artículo 20 establece que se condona la totalidad de las obligaciones acumuladas hasta la entrada en vigor de la ley para quienes tengan un consumo promedio de hasta 250 kilovatios hora (kWh), incluyendo recargos, intereses y multas.

Para acceder al beneficio, el usuario deberá solicitarlo ante la ENEE, acreditar la titularidad del servicio y permitir la inspección del medidor. En los casos donde no exista medidor, la empresa estatal deberá instalarlo.

Municipalidades también quedan sujetas a la nueva normativa

La ley contempla además la condonación de las deudas acumuladas por las corporaciones municipales con la ENEE hasta la fecha de entrada en vigor, independientemente de que se encuentren vencidas, en proceso de cobro o bajo convenio de pago.

A partir del mes siguiente, el consumo de energía de las municipalidades deberá pagarse mediante débito automático de las transferencias que realiza la Secretaría de Finanzas (SEFIN). Para ello, SEFIN, la Secretaría de Gobernación, la ENEE y la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON) deberán realizar las adecuaciones necesarias.

En el caso de las municipalidades de categorías A y B, la normativa también contempla la posibilidad de conciliar saldos mediante inversiones.

Tres meses para regularizar conexiones irregulares

Otro de los mecanismos de aplicación inmediata es una amnistía de tres meses para usuarios que actualmente tengan conexiones clandestinas, reconexiones no autorizadas o medidores alterados.

Durante este período transitorio, podrán regularizar voluntariamente su situación sin responsabilidad penal, bajo el carácter único y excepcional establecido por la ley.

La disposición abre un período definido para que los usuarios que se encuentren en esas condiciones se incorporen al sistema formal, antes de que concluya el plazo establecido.

La Ley de Justicia Energética también incorpora un incentivo para la generación residencial de energía. El artículo 23 establece que las familias podrán adquirir e instalar sistemas solares para sus viviendas, incluidos paneles, inversores y baterías, sin pagar ISV, aranceles ni demás impuestos aplicables.

Los requisitos y límites para acceder a este beneficio deberán quedar establecidos en el reglamento correspondiente.

El reloj institucional también comenzó a correr

La entrada en vigor de la ley no solo genera beneficios y obligaciones inmediatas para usuarios y municipalidades. También pone en marcha una serie de plazos para la transformación del sistema eléctrico hondureño.

El Ejecutivo, a través de la Secretaría de la Presidencia, dispone de 45 días hábiles para emitir el reglamento del Comité de Conducción de la Reforma y de la Unidad Técnica de Implementación.

En un plazo de 120 días, deberán avanzar, entre otras tareas, la elaboración de los estatutos de las nuevas empresas subsidiarias de Generación, Transmisión y Distribución; el reglamento de la Junta Nominadora de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE); el informe de ENEE y SEFIN al Congreso sobre la deuda histórica y su plan de pago, así como los trabajos relacionados con el Fondo de Prestaciones Sociales.

La ley establece además una hoja de ruta integral, bajo responsabilidad de la Unidad Técnica adscrita a la Presidencia, para monitorear hitos, responsables y riesgos de la reforma, con la obligación de presentar informes trimestrales públicos.

ENEE inicia el camino hacia una nueva estructura

El cambio de mayor alcance es la orden de transformar y escindir la ENEE en sociedades mercantiles, aunque manteniendo su carácter público.

Mientras se completa ese proceso, la estatal queda facultada para continuar realizando licitaciones públicas abiertas, de manera que la reorganización institucional no paralice los procesos de contratación que requiere el sector energético.

La publicación de la ley marca el inicio de una etapa en la que el desafío inmediato ya no es la aprobación de la normativa, sino convertir sus disposiciones en acciones concretas, con fechas, responsables y resultados verificables para los usuarios, las municipalidades y el sistema eléctrico nacional